Constitución CDMX y Mercado

El Proyecto de Constitución para la Ciudad de México fue difundido hace poco días. Sin duda, es un texto que parece más una pieza retórica, que lo que busca ser la norma suprema de la Capital. Sus normas son más de carácter programático y teleológico, que jurídico. Además, tiene contenidos explícitamente ideológicos. El desarrollo de los temas es pobre, y en muchos casos, parece desconocer que existen temas ya claramente desarrollados por la Constitución General y tratados internacionales.

De manera específica, me preocupa el apartado económico, que tiene múltiples deficiencias y sobre todo, genera protecciones especiales a ciertas categorías, como son el caso de los comerciantes informales, a quienes les brinda garantías superiores a las que tienen los establecimientos formales. Si la Constitución CDMX no cuida estos aspectos, muy posiblemente se genere desconfianza de inversionistas en esta Capital y busquen otras localidades más seguras. Más allá de estas amenazas, el primer trabajo que debe hacer el constituyente capitalino es simplificar este proyecto churrigueresco. Les comparto mi artículo de hoy en Reforma.

BERNARDO ALTAMIRANO
Constitución CDMX y mercado
 «La simplicidad es la mayor sofisticación», Leonardo Da Vinci.

Los rezagos estructurales del País son múltiples. Destaco dos que a lo largo de más de 2 siglos no hemos encontrado ni la fórmula ni el enfoque adecuados. Por un lado, nuestra experiencia constitucional es una historia de fracasos, en particular la era posrevolucionaria, en donde en lugar de consolidar una norma suprema que limite el ejercicio del poder en torno a las libertades y el marco de la ley, se ha privilegiado incluir fines políticos e ideológicos que inciden negativamente en el Estado de Derecho, la convivencia cívica, los derechos de propiedad y la cultura de legalidad. Por el otro, la economía es rehén de una herencia de un Estado omnipresente, que confunde la producción y distribución de la riqueza, y que por tanto inhibe avances sustantivos. Si bien el centenario de nuestra Constitución pareciera ser el momento propicio para romper estos rezagos, las señales que da la clase política anticipan que seguiremos en este laberinto sin salida de oportunidades perdidas.

Esta premonición surgió al revisar el Proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México, el cual reincide en los vicios descritos, en particular el capítulo denominado «Ciudad Productiva», el cual contiene los pilares económicos que determinarán las relaciones entre Gobierno y mercado. El objetivo consiste en arribar «al progreso distributivo y al bienestar social». Asimismo, reconoce que «toda persona tiene el derecho individual y colectivo a participar, contribuir y disfrutar de una economía que tenga por objeto el bienestar, la redistribución de la riqueza y la sostenibilidad social y ambiental». Remata: «Esta Constitución reconoce la actividad económica como un bien de interés público que debe ser tutelado. Las autoridades proveerán lo necesario para que los emprendimientos económicos sean objeto de la protección y acompañamiento institucional». Estos planteamientos son el preámbulo para leyes y reglamentos que serán emitidos con amplios márgenes de discrecionalidad en cuanto a la interpretación de dichos objetivos. En pocas palabras, es una Rectoría Económica del Estado recargada y amplificada.

Por otro lado, el Proyecto enmarca aspectos como los derechos de las «personas trabajadoras no asalariadas, autónomas o por cuenta propia», el «derecho humano al trabajo» y reconoce derechos específicos a los vendedores ambulantes, para «desempeñar sus actividades y oficios en los espacios públicos de la ciudad… a la certeza jurídica, la seguridad física y la no represión» y prohíbe «toda forma de confiscación de sus productos». Es incomprensible cómo genera un nivel de protección superior a esta modalidad comercial por encima de la de los establecimientos formales. Además, el riesgo de estos modelos institucionales es que quedan vulnerables ante conflictos en tribunales las «olvidadas». Por último, el Proyecto contempla una serie de principios para proteger a «personas consumidoras y usuarias», el primer paso para descentralizar funciones en materia de protección al consumidor y observar cómo el Tribunal Constitucional previsto dirime conflictos de esta naturaleza.

El espíritu del Proyecto destaca por su complejidad en su entendimiento, aplicación y cumplimiento. Urge depurar el contenido, particularmente en el terreno económico, donde como recuerda Hayek, el desarrollo y crecimiento de negocios es más fértil en el sistema de common law que en el napoleónico, como el nuestro. Así que conviene flexibilizar y simplificar los contenidos económicos del Proyecto y promover el desenvolvimiento de los agentes económicos y el fortalecimiento de eficaces tribunales. Además, la carga considerada en el capítulo de Carta de Derechos, es enorme, y los retos fiscales que enfrentamos como Nación evidencian que ya no podemos sostenernos ni ser viables con viejas fórmulas, sino mediante la generación de riqueza a partir de condiciones de competencia y seguridad jurídica, lo que pueda generar recursos para políticas redistributivas. Finalmente, es importante que el constituyente recuerde el diagnóstico de Agustín Basave -ex presidente del PRD-, quien indica que en México se crean normas alejadas de la realidad y muy complejas que propician la corrupción y que la mejor amiga de la legalidad es la sencillez.

Comments

  1. Es muy sencillo ofrecer, lo complejo es cumplir con lo que se ofrece. cuidado con incluir en la constituciòn promesas, sucesos o iniciativas que no corresponden ser consideradas en la ley orgànica màxima de una entidad. Se corre el riesgo de desvirtuar sus principios dogmàticos y trascendencia.

    • Bernardo Altamirano says:

      Sin duda, por eso el proyecto de Constitución parte de los mismos errores y vicios de nuestra historia de fracasos constitucionales, en lugar de hacer un planteamiento que salga de esta inercia.

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